Entra en vigor la deducción del 15% en el IRPF por la compra de un vehículo eléctrico

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Entra en vigor la deducción del 15% en el IRPF por la compra de un vehículo eléctrico

Esta desgravación será aplicable durante los dos próximos ejercicios y también será aplicable a quienes instalen un punto de recarga eléctrico

A partir de hoy, quienes compren un vehículo eléctrico nuevo podrán deducirse el 15% de su valor en el IRPF, según aprobó el Consejo de Ministros de esta semana. La desgravación será deducible durante los  ejercicios 2023 y 2024 y podría ampliarse un año más.

La deducción se hace extensible  quienes abonen en ese periodo un mínimo del 25% del valor del vehículo eléctrico, debiendo abonarse el resto antes de que finalice el siguiente ejercicio, al del pago de esa primera cantidad.

En todos los casos, la base máxima deducible es de 20.000 euros, que incluirá el valor de adquisición del vehículo, incluidos gastos e impuestos , y descontará las cantidades subvencionadas a través del Moves III, con el que es compatible la deducción.

Se incluye también  una deducción del 15% en la instalación en la vivienda de un sistema de recarga de baterías para vehículos eléctricos. En este caso, la cantidad máxima deducible es de 4.000 euros y se practicará cuando se finalice la instalación.

Las empresas también podrán verse favorecidas al implantarse un incentivo para promover la instalación de puntos de recarga, tanto de uso propio como públicas, que permitirá una amortización anticipada a aquellas que efectúen las instalaciones, que deben estar operativoas en los  ejercicios de 2023, 2024 o 2025.

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